domingo, 7 de noviembre de 2010

LEYES Y REGLAMENTOS




CONSTITUCIÓN NACIONAL DEL 99
FUENTES DEL DERECHO PENAL

La expresión "fuentes del Derecho Penal", en general, tiene dos acepciones:
     a) se emplea para designar la autoridad encargada de dictar la norma jurídica (fuentes de producción), voluntad que dicta las normas vigentes en un lugar y en un momento determinados;
     b) se emplea, para referirse a la forma que el Derecho Objetivo asume en la vida social, a la forma como se manifiesta. En esta segunda acepción se habla de fuentes de conocimiento.