LEYES Y REGLAMENTOS
CONSTITUCIÓN NACIONAL DEL 99
domingo, 7 de noviembre de 2010
FUENTES DEL DERECHO PENAL
La expresión "fuentes del Derecho Penal", en general, tiene dos acepciones:
a) se emplea para designar la autoridad encargada de dictar la norma jurídica (fuentes de producción), voluntad que dicta las normas vigentes en un lugar y en un momento determinados;
b) se emplea, para referirse a la forma que el Derecho Objetivo asume en la vida social, a la forma como se manifiesta. En esta segunda acepción se habla de fuentes de conocimiento.
La expresión "fuentes del Derecho Penal", en general, tiene dos acepciones:
a) se emplea para designar la autoridad encargada de dictar la norma jurídica (fuentes de producción), voluntad que dicta las normas vigentes en un lugar y en un momento determinados;
b) se emplea, para referirse a la forma que el Derecho Objetivo asume en la vida social, a la forma como se manifiesta. En esta segunda acepción se habla de fuentes de conocimiento.
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